REFORMA DE LA LISOS: SE ENDURECEN LAS SANCIONES POR LA COMISIÓN DE INFRACCIONES DE INDOLE LABORAL.

En efecto, ya están aprobadas las nuevas sanciones para las infracciones que se comentan tras el 1 de Octubre de 2021.La Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia, introduce como principal novedad, no la regulación del teletrabajo que es, en esencia, la misma que se aprobó el pasado mes de Septiembre de 2020, sino en el apartado 2 de la Disposición final primera, en la que se lleva a cabo una modificación del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, incrementando el importe de todas las sanciones laborales previstas en la LISOS y que pueden ser detectadas por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en un 20%. Los importes incrementados serán de carácter no retroactivo, es decir, estos nuevos importes sólo son aplicables a las infracciones cometidas desde el 01 de octubre de 2021, mientras que las cometidas anteriormente se sancionarán con los importes vigentes a día de hoy y desde 2007. A título de ejemplo, con este incremento del 20% la sanción leve pasa 625 a 750 euros; de 6.250 euros a 7.500 euros la grave; y de 187.515 euros a 225.018 euros, la muy grave. Este incremento obedece, según el Ministerio a una actualización de las cuantías, que permite la propia LISOS, y que no se había aplicado desde 2007.

No sé si es el momento más oportuno para este incremento, es opinable, pero ya lo tenemos a la vuelta de la esquina.