OJO PIOJO! SALARIO MÍNIMO

Ayer en el BOE se ha publicado el decreto del nuevo salario mínimo. Entra en vigor hoy y tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero. Por tanto, a las personas trabajadoras que actualmente estén cobrando menos, sus empresas no solo les tienen que pagar el nuevo salario mínimo en la nómina de febrero, sino que en esta nómina se deben abonar también los atrasos o diferencias de la nómina de enero. Ambos conceptos sin ninguna excepción ni condición.
Recordar que ante la menor duda debéis consultar vuestro caso con un@ profesional.

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