NUEVA PRÓRROGA DEL ESTADO DE ALARMA HASTA EL 07 DE JUNIO.

Hoy se ha publicado en el BOE la Resolución que aprueba una nueva prórroga del estado de alarma que se extenderá desde las 00:00 horas del día 24 de mayo de 2020 hasta las 00:00 horas del día 7 de junio de 2020.

Como principales novedades podemos señalar:

  1. Con efectos desde el 1 de junio de 2020, se derogará la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, relativa a la suspensión de plazos administrativos. Desde esa misma fecha, el cómputo de los plazos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.
  2. Con efectos desde el 4 de junio de 2020, se derogará la disposición adicional cuarta del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, relativa a la suspensión de plazos de prescripción y caducidad de derechos y acciones. Se alzará la suspensión en esa misma fecha.
  3. Se alza igualmente la suspensión de los plazos procesales con efectos desde el 4 de junio de 2020.