Novedades en el sector del transporte: el gestor de transporte.

 

En esta entrada vamos a comentar el Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres publicado el pasado verano de 2020, en plena pandemia, y especialmente nos vamos a centrar en una de las principales novedades que con el mismo se han introducido en el sector y nos estamos refiriendo a la figura del Gestor de Transporte. A partir de ahora, un cambio importante es que el gestor debe estar dado de alta a tiempo completo en un grupo de cotización no inferior al que corresponda a los jefes administrativos y de taller.

El gestor de transporte además de ello, se encargará de manera efectiva y real de organizar, gestionar, y supervisar todas las actividades realizadas por la empresa; desde la organización de vehículos, conductores, viajes, contabilidad, hasta los contratos. Es decir, realmente, en la práctica, es el encargado de gestionar la empresa, y como tal, a partir de ahora tiene muchas responsabilidades como puede ser la pérdida del requisito de honorabilidad si la empresa no actúa de forma adecuada.

A partir de ahora, como hemos comentado anteriormente, la pérdida de honorabilidad puede afectar tanto al gerente de la empresa como al gestor o capacitado.

Se puede perder por inhabilitación, delitos o por reiteración de sanciones de cualquier tipo y ámbito. En la Honorabilidad aparece un nuevo concepto: el Índice de Reiteración Infractora (IRI). Una fórmula para calcular si se ha perdido la honorabilidad cuando se trate de infracciones. Debemos tener cuidado, porque si se pierde la honorabilidad, las autorizaciones quedarán suspendidas y no podremos continuar la actividad.

Esto sólo es un breve post sobre una de las novedades, pero son muchas otras. Infórmate sin compromiso.