Pese al mito de los 12-13 años, la ley no fija ninguna edad mínima para que los menores puedan quedarse solos en casa.
El Código Civil recoge en el artículo 172 que la “entidad púbica a la que, en el respectivo territorio, esté encomendada la protección de los menores constate que un menor se encuentra en situación de desamparo, tiene por ministerio de la ley la tutela del mismo y deberá adoptar las medidas de protección necesarias para su guarda, poniéndolo en conocimiento del Ministerio Fiscal”.
De esta forma, queda claro que la ley pone en efecto medidas contra este tipo de situaciones cuando un menor está en situación de desamparo, pero nada más se regula.
Dicho esto, los expertos recomiendan que los niños se empiecen a quedar solos en casa entre los 9 y los 12 años como pronto. Aun así, la decisión final siempre es de los padres y varía de unas familias a otras.