CESE DE ACTIVIDAD: LAS CLAVES

Cese de actividad a partir del 01 de enero de 2023.

Las claves:

REQUISITOS:

1. Estar afiliado y en alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.

2. Tener cubierto el periodo mínimo de cotización por cese de actividad (al menos 12 meses cotizados en los 24 meses anteriores a la situación de cese).

3. Encontrarse en situación legal de cese de actividad (baja en el Régimen Especial, salvo para los motivos de los epígrafes 4º y 5º del artículo 331.1.a) y los motivos de fuerza mayor temporal total y parcial).

4. En caso de cese definitivo, no haber cumplido la edad ordinaria para causar derecho a la pensión contributiva de jubilación, salvo que el trabajador autónomo no tuviera acreditado el período de cotización requerido para ello.

5. Hallarse al corriente de pago de cuotas a la Seguridad Social.

6. Estar de alta en el Servicio Público de Empleo.

7. Si tiene trabajadores a su cargo, deberá, previo al cese, cumplir las garantías y obligaciones y procedimientos regulados en la legislación laboral.

CUANTÍA:

La base reguladora de la prestación se determinará como el promedio de las bases de cotización de los 12 meses continuados e inmediatamente anteriores a la situación legal de cese de actividad.

La cuantía de la prestación, durante todo su período de disfrute, se determinará aplicando a la base reguladora el 70 por ciento.

DURACIÓN:

Período de cotización y duración de la prestación

Meses cotizados Duración de la prestación

De 12 a 17 meses 4 meses

De 18 a 23 meses 6 meses

De 24 a 29 meses 8 meses

De 30 a 35 meses 10 meses

De 36 a 42 meses 12 meses

De 43 a 47 meses 16 meses

Con 48 meses 24 meses

Amplía información de estar interesado en la prestación.