Cuál es el máximo de horas que puedo trabajar?
La ley, ET, establece que el máximo de horas de una jornada laboral no puede ser mayor de 9 horas. El cómputo total semanal de horas se establece en 40 horas, pudiendo verse modificada la jornada máxima diaria o semanal, según el convenio colectivo de aplicación o el contrato de trabajo correspondiente. Es muy importante por tanto, ver cómo se ha pactado la jornada en nuestro contrato y cuál es la jornada máxima que debes hacer según tú convenio colectivo de aplicación, que normalmente es inferior.
¿Cuántas horas extras puedo hacer al año?
Por norma general, se consideran horas extras aquellas que son realizadas de forma voluntaria ( importante: siempre son voluntarias) por el trabajador y que se efectúan fuera de los límites del horario laboral habitual. El máximo de horas que un trabajador puede realizar de manera anual es de 80 horas remuneradas.
Además, estas horas extras pueden ser recompensadas por días de vacaciones en un plazo máximo de 4 meses. Aquí no operaria el límite de 80 horas
De nuevo es muy importante en esta materia el convenio colectivo de aplicación.
¿Qué se considera trabajo nocturno y en turnos?
En el caso de que tu modalidad de trabajo sea nocturna es importante que conozcas bien los límites y las características de esta categoría. Para poder ser trabajador nocturno es necesario ser mayor de edad y al menos 5 horas de su jornada laboral debe darse entre las 22:00 horas de la noche y las 6:00 horas de la mañana.
Por otro lado, el trabajo en turnos se da en aquellos casos en los que los trabajadores no tienen definido un horario concreto, pudiendo trabajar indistintamente en turnos de mañana y tarde, de noche, incluyendo festivos y fines de semana…etc.
Consulta tu caso particular, es muy habitual hacer horas de más incluso sin saberlo! Por qué? Porque no se mira el número máximo permitido en el convenio colectivo.
Foto de Chevanon Photography